jueves, 28 de febrero de 2008

ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS AGROPECUARIAS.

Ha sido el querer, desde hace algún tiempo, de los Estudiantes y Docentes de la Jornada de la Tarde ofrecer el grado 11º, situación que no era posible si no se ofrecía una modalidad. Por gestiones de los Docentes de Ciencias y la Administración de la Institución se han venido adelantando gestiones con la Universidad del Tolima para establecer un convenio Inter-Institucional.
CONSIGNA publicará, para no hacer tan monótona la lectura, apartes del convenio, en tres entregas.
CONVENIO DE ARTICULACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DEL TOLIMA Y LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA CIUDAD DE IBAGUE.
Entre la UNIVERSIDAD DEL TOLIMA, que se llamará la UNIVERSIDAD y SOLEDAD VERGARA DE NUÑEZ quien se llamará LA INSTITUCIÓN, se ha celebrado un convenio educativo, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
A) Que la educación es un servicio público y tiene la función social de atender y solucionar las necesidades del país. B) Que la Universidad del Tolima se ha propuesto ser una institución y comunidad universitaria consolidada orgánicamente, vinculada a la Región, al país y a sus desarrollos y que la Institución Educativa Técnica Ciudad de Ibagué pertenece a la comuna 13 de Ibagué donde funciona también la sede sur de la Universidad y que forma parte de su comunidad circunvecina, C) Que la Universidad del Tolima en su Plan de Desarrollo ha contemplado en el eje denominado Universidad y Entorno ejecutar el proyecto Integración al Sistema Educativo para incidir en el mejoramiento permanente del Sistema Educativo de la Región. D) Que la Educación Superior debe contribuir al desarrollo de los niveles educativos que la preceden para facilitar el logro de los objetivos y el acceso a este nivel conforme a lo establecido en la Ley 749 de 2002. E) Que es uno de los objetivos de la ley General de Educación, actuar armónicamente entre las estructuras Educativas (Educación Básica, Media y Superior) con el fin de contribuir al desarrollo del nivel educativo de la sociedad. F) Que la Gobernación del Tolima convocó a la Universidad del Tolima para apoyar el proyecto de Articulación de la Educación Media Técnica con la Educación Superior, a fin de dar cumplimiento a uno de los proyectos inscritos en el Componente Social de su Plan de Desarrollo en el eje de Educación. G) Que es necesario que la UNIVERSIDAD y LA INSTITUCION se integren al Proyecto de Articulación en los términos previstos en la ley 749 del 19 de julio de 2002. Por lo anterior acuerdan celebrar el presente convenio con las siguientes cláusulas: PRIMERA.- OBJETO: Desarrollar bajo los parámetros establecidos en la Ley 749 de julio 19 de 2002, los mecanismos, procesos y procedimientos para ejecutar el Proyecto promovido por la Secretaría de Educación y Cultura de la Gobernación del Tolima, que consiste en asesorar la conversión de la modalidad académica a la técnica de la Institución Educativa y Articular la Educación Básica y Media Técnica que ofrece la INSTITUCION con el ciclo de Formación Tecnológico que posee la UNIVERSIDAD en los programas de Tecnología en Administración Turística y Hotelera, Tecnología en Administración de Empresas agropecuarias, Tecnología en Sistemas, Tecnología en Administración financiera y Tecnología en Alimentos, los cuales se desarrollan en la metodología de Educación a Distancia. SEGUNDA- OBLIGACIONES DE LAS PARTES: - 1. DE LA UNIVERSIDAD, A) Conformar un colectivo académico Interinstitucional que responda por la ejecución del proyecto objeto del convenio. B) Analizar y evaluar el diseño curricular y plan de estudios desarrollado en la actualidad por la Institución y recomendar los cambios y ajustes necesarios , que permitan a los bachilleres egresados de la misma, ingresar a los programas Tecnología en Administración Turística y Hotelera, Tecnología en Administración de Empresas agropecuarias, Tecnología en Sistemas, Tecnología en Administración financiera y Tecnología en Alimentos, ofrecidos por la UNIVERSIDAD en la Metodología de Educación a Distancia.
Ramiro Rodríguez O.